{"id":2493,"date":"2023-06-14T09:00:00","date_gmt":"2023-06-14T07:00:00","guid":{"rendered":"http:\/\/localhost:8888\/reclamacion-publicidad-confusa-tienda-muebles-resuelta-favor-del-demandante-ajuste-precio-del-producto\/"},"modified":"2023-06-14T09:00:00","modified_gmt":"2023-06-14T07:00:00","slug":"reclamacion-publicidad-confusa-tienda-muebles-resuelta-favor-del-demandante-ajuste-precio-del-producto","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/cloudactive.net\/vera\/reclamacion-publicidad-confusa-tienda-muebles-resuelta-favor-del-demandante-ajuste-precio-del-producto\/","title":{"rendered":"Reclamaci\u00f3n por publicidad confusa en tienda de muebles resuelta a favor del demandante con ajuste en el precio del producto."},"content":{"rendered":"<p><\/p>\n<p class=\"text-justify\" style=\"text-align: justify;\">De acuerdo con lo manifestado por el accionante, la demandada ofreci\u00f3 en la tienda demandada ubicada en el sector de Galer\u00edas de la ciudad de Bogot\u00e1 un puff l\u00ednea velvet por valor de $99.990. Indica que la informaci\u00f3n que se encontraba en el anuncio ubicado en la tienda no es muy clara, ya que exist\u00edan tres colores del producto que en su percepci\u00f3n son de la misma tela y solo dos de ellos se encuentran en promoci\u00f3n, referencias que est\u00e1n en letra m\u00e1s peque\u00f1a en comparaci\u00f3n con el resto del cartel. Por lo anterior, decidi\u00f3 no adquirir el producto, ya que considero un enga\u00f1o el cartel, pues a su modo de ver, se debi\u00f3 separar las referencias que tienen descuento de las que no para no generar confusi\u00f3n a los clientes. El 20 de agosto de 2022, la accionante elev\u00f3 reclamaci\u00f3n directa ante la pasiva de forma escrita. EL 2 de septiembre de 2022, la demandada dio como respuesta al accionante que se escalaria al \u00e1rea encargada. Por lo anterior, solicita que se declare que la demandada incurri\u00f3 en publicidad enga\u00f1osa y que devuelva el mayor valor pagado por el demandante por el bien objeto de controversia. La parte demandada aport\u00f3 y solicit\u00f3 que se tuvieran como pruebas los documentos obrantes en el expediente. A estos se les conceder\u00e1 el valor probatorio que corresponda bajo las previsiones de los art\u00edculos 244, 245, 246 y 262 del C\u00f3digo General del Proceso. Para la SIC, pese a que no existe vulneraci\u00f3n al deber de informaci\u00f3n y\/o protecci\u00f3n contra la publicidad enga\u00f1osa, la sociedad demandada manifest\u00f3 en su escrito de contestaci\u00f3n de la demanda que mantuvo la promoci\u00f3n al cliente, por lo que el consumidor podr\u00e1 realizar la compra del producto pagando la suma de $99.900 por el producto PUFF l\u00ednea VELVET, para ello, indic\u00f3 que es necesario que el cliente se acerque a la tienda donde visualiz\u00f3 la promoci\u00f3n. Acorde a lo anterior, se proceder\u00e1 a dictar sentencia en virtud de lo dispuesto en el numeral 9 del art\u00edculo 58 de la Ley 1480 de 2011, al adoptar la decisi\u00f3n definitiva, la Superintendencia de Industria y Comercio resolver\u00e1 sobre las pretensiones de la forma que considere m\u00e1s justa para las partes seg\u00fan lo probado en el proceso, con plenas facultades para fallar infra, extra y ultra petita. Por consiguiente, aceptar\u00e1 la favorabilidad otorgada por la sociedad demandada de mantener las condiciones ofertadas al consumidor, previo el pago de la suma de $99.900.<\/p>\n<p><span style=\"font-size: 8pt;\"><em>Notinet<\/em><\/span><\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>De acuerdo con lo manifestado por el accionante, la demandada ofreci\u00f3 en la tienda demandada ubicada en el sector de Galer\u00edas de la ciudad de Bogot\u00e1 un puff l\u00ednea velvet por valor de $99.990. Indica que la informaci\u00f3n que se encontraba en el anuncio ubicado en la tienda no es muy clara, ya que exist\u00edan [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":2494,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[4],"tags":[],"class_list":["post-2493","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-noticias"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/cloudactive.net\/vera\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2493","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/cloudactive.net\/vera\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/cloudactive.net\/vera\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/cloudactive.net\/vera\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/cloudactive.net\/vera\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=2493"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/cloudactive.net\/vera\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2493\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/cloudactive.net\/vera\/wp-json\/wp\/v2\/media\/2494"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/cloudactive.net\/vera\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=2493"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/cloudactive.net\/vera\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=2493"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/cloudactive.net\/vera\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=2493"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}