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¿Quién tiene la competencia para realizar la cancelación parcial por no uso de una marca?

¿Quién tiene la competencia para realizar la cancelación parcial por no uso de una marca?

Cuando la falta de uso de una marca solo afectara a uno o a algunos de los productos o servicios para los cuales estuviese registrada la marca, la oficina nacional competente ordenará una reducción o limitación de la lista de los productos o servicios comprendidos en el registro de la marca, eliminando aquellos respecto de los cuales la marca no se usó, teniendo en cuenta la identidad o similitud de los productos o servicios de que se trate.